Publicado en el Periodico Oficial del Estado de Baja California, 26 de Noviembre 2010 Tomo CXVII No. 51.
El PDUCP PT es el documento que norma la ocupación territorial del Centro de Población de Primo Tapia, establece la guía estratégica y normativa para el desarrollo de la zona sur del municipio, procura el cuidado y protección de los recursos naturales y sus funciones, así como la conectividad vial y a través de los lineamientos estratégicos que plantea busca estimular el mejor uso del suelo para un crecimiento armónico y sustentable, garantizando la dotación de infraestructura y equipamiento para el centro de población.
El H. Ayuntamiento de Playas de Rosarito ha visualizado que la dinámica de crecimiento y expansión urbana ha superado los instrumento disponibles de planeación y la capacidad regulatoria, por consiguiente en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha ocho de febrero de dos mil siete, se acordó según consta en el Acta respectiva número III-004/07, en el Octavo punto inciso b), la realización del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Primo Tapia para un horizonte de 23 años, esto es, prever el crecimiento y ocupación del suelo al año 2030. Igualmente se determina que la delimitación y extensión del centro de población corresponda a la totalidad de la sección sur del municipio procurando una enmienda a la propuesta de estructura administrativa territorial del Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Playas de Rosarito, B.C. (2003) mediante el acuerdo del 03 de noviembre 2010 número IV-039 /10 ”Se autoriza modificar los limites propuestos en el Plan Municipal e Desarrollo de Playas de Rosarito Baja California, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 02 de mayo del 2003, para dar paso al Plan de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Primo Tapia en un solo polígono en la parte sur del municipio de Playas de Rosarito, Baja California, numero de oficio 1478/10.
Lo resultados del conteo de población realizado por INEGI 2005 y contrastado con el resultado de COPLADEM 2005, muestran una ocupación del suelo rustico al margen de una regulación especifica para ser incorporada de manera planificada al crecimiento.
La omisión regulatoria que permite una ocupación liberal del suelo, la falta de previsión de riesgos asociado a la ocupación de suelo no apto, la no protección de los suelos de preservación y conservación, exponen a la incertidumbre de una sustentabilidad ambiental y a la ausencia de un futuro racional.
Este Programa adopta inicialmente los propósitos de los ejes estratégicos de desarrollo del Plan Municipal de Desarrollo 2005-2007, sobre todo los principios que se refieren a la búsqueda de un municipio humanista, un municipio seguro, un municipio ordenado, un municipio productivo y un municipio eficiente. Bajo tales líneas el presente programa de desarrollo urbano se suscribe en el marco de un municipio ordenado y establece las bases espaciales para permitir que los mencionados principios se materialicen. Toma del Plan Municipal de Desarrollo 2008-2010 el eje rector del desarrollo urbano sustentable y calidad de vida cuyo objetivo consiste en consolidar un crecimiento urbano de la ciudad de Rosarito mediante una planeación estratégica, que sirva de instrumento ordenador y coordine actividades para el desarrollo urbano con visión de mediano y largo plazo. Así también toma lo señalando en la propuesta de proponer proyectos estratégicos encaminados a la consolidación del desarrollo urbano de Rosarito, se resume en la línea de acción No.7 que dispone elaborar el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de la Sección Sur (Primo Tapia), que es justamente el presente ejercicio.

