Conoce nuestros servicios

Para mayor información referente a los trámites del Instituto, favor de comunicarse con el Departamento de Análisis y Normatividad Urbana al teléfono (661) 612-6002 o al correo electrónico tania@implanplayasderosarito.gob.mx

Para trámites relacionados con la Movilidad y Seguridad Vial, comunicarse con el Departamento de Planeación de la Movilidad Sustentable al teléfono (661) 612-6002 o al correo electrónico issac@implanplayasderosarito.gob.mx

En orden de atender a los criterios dispuestos por los Planes y Programas de Desarrollo Urbano, así como los demás instrumentos normativos del Desarrollo Urbano, el IMPLAN a través de sus departamentos pone a disposición de la ciudadanía los siguientes servicios:

Es el instrumento a través del cual se evalúa la afectación del entorno en el cual se propone desarrollar algún proyecto de mediana o gran escala. En él se analizan las etapas preliminares de construcción, operación y mantenimiento. Tiene como finalidad garantizar, evitar y/o minimizar los posibles impactos que el proyecto pudiese tener en el contexto urbano (vialidades, tránsito, servicios públicos, imagen urbana, entre otros), contexto social (a los derechos humanos de los habitantes del sitio, impactos económicos, etc.) y al contexto ambiental.

Los Estudios de Impacto Urbano y Territorial son necesarios cuando el proyecto en cuestión se encuentra condicionado por la Matriz de Compatibilidades de Usos de Suelo de los distintos Planes y Programas de Desarrollo Urbano, según aplique. Y cuando se trate de proyectos de mediana o gran escala para los que se requiera reducir el grado de incertidumbre en cuanto a los impactos que pudiera representar. 

Finalmente, los EIUT, según las características del proyecto, puede ser de implementación, cambio de uso de suelo, densificación o intensificación (para una descripción más detallada de su índice o términos de referencia, consultar el Anexo A del Reglamento Interior “Manual de Servicios e Implementación de Estudios y Dictámenes del IMPLAN”).

Anteriormente conocido como Estudio de Impacto Vial, el EIMSV el instrumento que deberá identificar los impactos físicos en el entorno urbano de las vialidades y movilidad, así como el derecho humano a la movilidad, en una determinada área de estudio, la cual será establecida a partir de una zona de influencia y sitios para realizar estudio de tránsito, que el IMPLAN instruya al particular promotor del proyecto, así como las medidas de mitigación, prevención, compensación, eliminación y demás que sean necesarias a implementar. 

Los EIMSV son necesarios cuando el proyecto en cuestión se encuentra condicionado por la Matriz de Compatibilidades de Usos de Suelo de los distintos Planes y Programas de Desarrollo Urbano, según aplique. Y cuando se trate de proyectos de mediana o gran escala para los que se requiera reducir el grado de incertidumbre en cuanto a los impactos que pudiera representar.

Los EIMSV únicamente podrán ser presentados por peritos especializados en materia de movilidad y tránsito según el procedimiento establecido por IMPLAN (para una descripción más detallada de su índice o términos de referencia, consultar el Anexo A del Reglamento Interior “Manual deServicios e Implementación de Estudios y Dictámenes del IMPLAN”).

Por medio de este servicio, los compradores y/o propietarios de terrenos pueden obtener la información (emanada de planes y programas de desarrollo urbano oficiales y vigentes) necesaria para identificar qué factores urbano-territoriales influyen sobre su predio, así como la disponibilidad de los recursos y otras características para conocer la factibilidad o posibilidad de desarrollar una actividad, en un predio o área específica, en concordancia con las políticas establecidas en los programas de desarrollo urbano, leyes, reglamentos y normas aplicables.

Pueden estar orientadas a proyectos de implementación, o para analizar la factibilidad  o posibilidad de cambios de uso de suelo (no son un dictamen de cambio de uso de suelo)

Opinión técnica de congruencia con respecto de acciones de urbanización en las zonas de conurbación metropolitana; comprende un análisis específico en materia de infraestructura urbana, estructura vial, transporte, proyectos, equipamiento y servicios públicos que instrumenten la zonificación urbana, la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección del ambiente de los centros de población del municipio, así como de otros temas que se encuentren dentro del marco de atribución del Instituto, acorde a su reglamento interior.

Registro o padrón de profesionistas con conocimiento en desarrollo urbano y ordenamiento territorial, capacidad técnico-científica para elaborar o revisar proyectos, dictámenes o actos jurídicos de naturaleza urbanística, que cumplan con las disposiciones jurídicas y técnicas aplicables en materia de planeación, desarrollo y diseño urbano, espacio público, ingeniería urbana, urbanización, edificación o gestión urbana; Registro o padrón de profesionistas con conocimientos en movilidad sustentable, con capacidad técnico-científica para elaborar o evaluar documentos para la identificación y estimación de los impactos a los sistemas de movilidad sustentable y a la red vial causados por proyectos de distinta índole; que cumplan con las disposiciones jurídicas y técnicas aplicables en materia de planeación, movilidad, seguridad vial, desarrollo y diseño urbano, espacio público, ingeniería urbana, urbanización, infraestructura, edificación y/o gestión urbana.

Revalidación anual al registro o padrón de profesionistas, según su área de adscripción. La validez del registro es de un año por lo que está sujeto a la revalidación del mismo.

En dichos Certificados, se definirán las condicionantes que sean aplicables con fines de lograr la actualización o regularización. Este Certificado permitirá a los promotores que lo soliciten, respecto a la acción en cuestión, obtener autorizaciones en calidad de actualización o regularización. Sin embargo, no estarán exentos de aplicar las medidas de prevención de riesgo o de mitigación y compensación que les condicionen en caso de ser actividades de alto riesgo.

Podrán obtener un certificado de derechos adquiridos por parte del Ayuntamiento, y en los casos que éste lo considere, con la opinión del IMPLAN, aquellos desarrollos, acciones o edificaciones que:

  1. Hayan sido implementadas, edificadas o se encuentren en operación, previo a la publicación de este Programa.
  2. Se trate de acciones de edificación o urbanización implementadas con más de diez años de antigüedad y por cuestiones de la legislación aplicable en ese entonces, no cuenten con los permisos requeridos en la actualidad, y se demuestre que no impliquen un alto riesgo a la población.

Se trata de la versión técnica aprobada vigente de cualquier plan o programa de carácter urbano en formato digital archivo pdf.

Versión en su mejor calidad y de grandes dimensiones de los planos y/o mapas que se soliciten de un instrumento de planeación en específico, en formato digital PDF para su impresión.

Archivo cartográfico en formato PDF o JP realizado con la base de datos del IMPLAN, de algún tema en específico del Censo de Población y Vivienda 2020 de INEGI (población, fecundidad, migración, etnicidad, discapacidad, educación, características económicas, servicios de salud, situación conyugal, religión, hogares censales, vivienda).

Documento técnico en el cual se elabora un análisis de la zona donde se encuentre un proyecto o predio, a solicitud del propietario y/o desarrollador, para identificar, de acuerdo con lo establecido en el Atlas de Riesgos Naturales en el Municipio y en los instrumentos de Planeación aplicables, el grado de riesgo en el que se encuentre. Identificando aquellas áreas puntuales en las que se localice un riesgo, en búsqueda de que se establezcan acciones de mitigación y prevención de desastres.

Documento técnico emitido a partir de las condicionantes establecidas por la Matriz de compatibilidades por política urbana y barrio, en donde se realizará el análisis de no afectación por declaratorias, moratorias o restricción impuesta ya sea por una Norma Oficial, Norma Técnica o regulación municipal.

Documentación oficial

Nota: el 17 de febrero de 2023 se llevó a cabo la publicación en el Periódico Oficial del Estado de Baja California la Reforma integral al Acuerdo de Creación, Reglamento Interior y Anexos A, B y C del Instituto Municipal de Planeación para el municipio de Playas de Rosarito, B.C., por lo que a continuación se presentan los documentos actualizados para la tramitología, recepción y revisión de documentación pertinente al Instituto. Para mayores informes con respecto a los trámites oficiales, comunicarse con los Departamento de Análisis y Normatividad Urbana o al Departamento de Planeación de la Movilidad Sustentable.

Ley de Ingresos 2023
(apartado IMPLAN)

Manual de Servicios e implementación de Estudios y Dictámenes del IMPLAN (Anexo A)

Anexo B
Del Registro Único de Peritos en Desarrollo Urbano de Playas de Rosarito
(RUPDUPR)

Anexo C
Del Registro Único de Peritos en Movilidad y Seguridad Vial de Playas de Rosarito (RUPMSVPR)

Peritos Urbanos 2023
(actualizado a mayo)

Formato para solicitud de inscripción al RUPDUPR

Peritos en Movilidad y Seguridad Vial 2023
(actualizado a mayo)

Nota: para la consulta del Acuerdo de Creación y Reglamento Interior del IMPLAN reformados, visitar el enlace https://implanplayasderosarito.gob.mx/servicios/normatividad-urbana/

Preguntas frecuentes

Es el Instituto Municipal de Planeación para el Municipio de Playas de Rosarito, nace como un organismo público descentralizado que es actúa como ente integrador de la planeación del desarrollo urbano municipal.

El IMPLAN es el encargado de resguardar y generar la estadística municipal (características de la población, vivienda, cobertura de servicios, etc.) así como de generar proyectos estratégicos para el desarrollo de la ciudad y beneficio de sus habitantes. Su principal función es realizar de planes y programas de desarrollo urbano a través de los cuales se pueda plantear el futuro del municipio para adaptarse al crecimiento previsto de una manera sostenible.

Los Planes y Programas de Desarrollo Urbano se conciben como una herramienta para facilitar u orientar el desarrollo urbano y ordenamiento territorial del espacio donde vivimos, trabajamos y nos desarrollamos, identificando y previendo a futuro las necesidades de infraestructura, equipamiento y vivienda, estableciendo las políticas públicas que fomenten el equilibrio entre el desarrollo económico, ambiental y social en beneficio de las futuras generaciones.

Son documentos que tienen carácter legal, es decir, se publican en el Periódico Oficial del Estado con el fin de normar y reglamentar la manera en la que se llevará a cabo la ocupación del territorio, las estrategias y proyectos que los gobiernos deben impulsar para guiar a la ciudad al futuro deseado.

Además, estos instrumentos se construyen en conjunto con la ciudadanía, se toman en cuenta las necesidades de las personas en su proceso de elaboración y son públicos, por lo que cualquier persona puede consultarlos e impulsar su cumplimiento.

El IMPLAN genera información geográfica de las características del territorio de Playas de Rosarito, es decir, se cuenta con información de los limites territoriales del municipio, los límites de las colonias y fraccionamientos,  los tipos de suelo, roca y vegetación del municipio, así como donde se encuentran los arroyos y principales escurrimientos pluviales, las pendientes y curvas de nivel del municipio, las zonas de riesgo por deslizamientos, inundaciones y demás características naturales.

También genera información geoestadística, esto quiere decir, que la información estadística que se tiene del municipio como: cantidad de población, características de la población (género, edad, discapacidad, etc.), cantidad de viviendas, redes de servicios públicos (agua, luz, drenaje) entre otras, se encuentran identificadas en mapas del territorio, (referenciadas de manera geográfica).

Aunado a esto, también se cuenta con información referente a los proyectos de la ciudad, se tienen ubicados los elementos de equipamiento y espacios públicos que existen en el municipio, las vialidades propuestas y proyectos de la ciudad derivados de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano.

Igualmente, el IMPLAN resguarda los Planes y Programas de Desarrollo Urbano que tienen injerencia en el territorio municipal, los cuales pueden ser Estatales, Metropolitanos o Municipales.

Aquellos que por sus dimensiones e intensidad de la actividad a realizarse puedan generan impactos a su entorno inmediato, (ya sea en el contexto urbano, social o ambiental), se encuentren identificados en la Matriz de Compatibilidad de Usos de Suelo del PDUCP PR y del PDUCP PT.

  1. Una vez que el proyecto que se quiera realizar ha sido condicionado presentar Estudio de Impacto Urbano por la Dirección de Administración Urbana o directamente en la Matriz de Compatibilidades de Uso de Suelo del PDUCP PR o PDUCP PT, se procede a ingresar un documento de nombre Anexo 01, el cual de manera general debe contener:
  • Intensión del Anexo, descripción del proyecto a realizar y características del mismo como tipo de proyecto, dimensiones generales, etc.
  • Tipo de cambio que se solicita aplicar al predio, que puede ser una densificación, cambio de uso de suelo, o intensificar el uso propuesto por la carta urbana.
  • Justificación del proyecto en solicitud.
  • Datos del proyecto, nombre, quien lo solicita, ubicación, Perito en Desarrollo Urbano encargado del Estudio de Impacto Urbano, introducción general, definición del área de estudio, antecedentes y reporte fotográfico.
  1. En respuesta al oficio de petición “Anexo 01” el IMPLAN genera un oficio en el que describe las características generales del sitio en donde se propone el proyecto y los criterios que se tendrán que tomar en cuenta en el Estudio Urbano así como los ordenamientos aplicables y la delimitación del área de estudio propuesta. Este oficio irá acompañado de un contra recibo de pago.
  2. El interesado procederá a pagar los derechos correspondientes y presentará el Estudio de Impacto Urbano para su revisión en el IMPLAN.
  3. Si no existiesen observaciones a la información presentada y/o solicitudes de información extra por parte del IMPLAN, se emite el dictamen de resolución del Estudio.

El costo dependerá del tipo de actividad que se piense realizar y el lugar donde se encuentre ubicado el predio donde se proponga. Esto, porque derivado del Uso de Suelo asignado al sitio son las condicionantes y lineamientos que las actividades tendrán. Los costos se calculan con base en la UMA (Unidad de Medida y Actualización) y se encuentran integrados en la Ley de Ingresos Municipal del año correspondiente.

Estos son elaborados por los Peritos en Desarrollo Urbano que se encuentran enlistados en el Registro Único del IMPLAN, que son profesionistas expertos en desarrollo urbano, y que se encuentran inscritos en el RUPDUPR toda vez que cumplan los requisitos que el IMPLAN expide en su Reglamento Interior (artículos 48, 49, 50, 51 y 52), que entre otros son contar con estudios profesionales o superiores afines al desarrollo urbano, contar con capacitaciones y certificaciones en materia de desarrollo urbano y demostrar experiencia técnica en el área.