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CMOT

Consejo Municipal de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Vivienda de Playas de Rosarito, B.C.

Artículos de los cuales emerge

De la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano

Artículo 19. Para asegurar la consulta, opinión y deliberación de las políticas de ordenamiento territorial y planeación del Desarrollo Urbano y Desarrollo Metropolitano, conforme al sistema de planeación democrática del desarrollo nacional previsto en el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, conformarán los siguientes órganos auxiliares de participación ciudadana y conformación plural:

I. Los consejos estatales de ordenamiento territorial y Desarrollo Urbano;
II. Las comisiones metropolitanas y de conurbaciones, y
III. Los consejos municipales de Desarrollo Urbano y vivienda de ser necesarios.

Corresponderá a los poderes ejecutivos de las entidades federativas, los municipios y las Demarcaciones Territoriales la creación y apoyo en la operación de tales consejos, en sus respectivos ámbitos territoriales.

Artículo 20. Para garantizar que los consejos estatales sean representativos conforme a un sistema de planeación democrática, en sus respectivos reglamentos internos se definirá el número de miembros, con perspectiva de género, que estará formado por representantes del sector social y gubernamental de los órdenes de gobierno correspondientes, colegios de profesionistas, instituciones académicas, órganos empresariales del sector y expertos, entre otros, para participar e interactuar en la formulación, aplicación, evaluación y vigilancia de las políticas de ordenamiento territorial y planeación del Desarrollo Urbano y Desarrollo Metropolitano.

Los miembros de los consejos actuarán a título honorífico, por lo que no podrán cobrar o recibir retribución o emolumento alguno por su función, y contarán con el apoyo técnico necesario para realizar su labor.

Artículo 21. Los consejos a que se refieren los artículos anteriores o los ayuntamientos que desempeñen dicha labor tendrán, en la esfera de sus ámbitos territoriales, las funciones siguientes:

I. Emitir opiniones y formular propuestas sobre la aplicación y orientación de las políticas de ordenamiento territorial y la planeación del Desarrollo Urbano y Desarrollo Metropolitano que elabore la entidad federativa, así como la planeación regional que elabore la autoridad federal o la entidad federativa cuando en éstos se afecte al territorio de sus municipios;

II. Impulsar la participación ciudadana y de las organizaciones sociales en el seguimiento, operación y evaluación de las políticas a que se refiere la fracción anterior;

III. Apoyar a las autoridades en la promoción, difusión y cumplimiento de los planes y programas de la materia;

IV. Proponer a las distintas autoridades de los tres órdenes de gobierno los temas que por su importancia ameriten ser sometidos a consulta pública;

V. Proponer a las autoridades de los tres órdenes de gobierno las políticas, programas, estudios y acciones específicas en materia de ordenamiento territorial y Desarrollo Urbano;

VI. Evaluar periódicamente los resultados de las estrategias, políticas, programas, proyectos estratégicos, estudios y acciones específicas en la materia;

VII. Proponer y propiciar la colaboración de organismos públicos y privados, nacionales o extranjeros, en el ordenamiento territorial y el Desarrollo Urbano y Desarrollo Metropolitano;

VIII. Proponer a las autoridades competentes la realización de estudios e investigaciones en la materia;

IX. Recomendar a las autoridades competentes la realización de auditorías a programas prioritarios cuando existan causas que lo ameriten;

X. Promover la celebración de convenios con dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, de entidades federativas y de municipios, así como con organizaciones del sector privado, para la instrumentación de los programas relacionados con la materia;

XI. Informar a la opinión pública sobre los aspectos de interés general relativos a las políticas de ordenamiento territorial y planeación del Desarrollo Urbano y Desarrollo Metropolitano;

XII. Integrar las comisiones y grupos de trabajo que sean necesarios para el ejercicio de sus funciones;

XIII. Expedir su reglamento interno, y

XIV. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto.

En todo momento será responsabilidad de la Secretaría y de los gobiernos de las entidades federativas proveer de información oportuna y veraz a los consejos para el ejercicio de sus funciones. Todas las opiniones y recomendaciones de los consejos estatales serán públicas y deberán estar disponibles en medios de comunicación electrónica.

Integrantes del Consejo

Por la Federación:

Lic. Enrique Cunningham Santana

Delegación SEDATU en B.C.

Ing. Christian Alberto Pérez García

Representante PEMEX Rosarito

Por el Estado de Baja California

Arq. Porfirio Vargas Santiago

Subsecretario de Reordenación Territorial y Desarrollo Urbano de SIDURT B.C.

Jesus García Castro

Director General CESPT

Mtra. Brígida María Fernández Rubio

Directora COPLADE B.C.

Por el municipio de Playas de Rosarito:

Mtra. María del Roció Adame Muñoz

Presidente Municipal H.X Ayuntamiento de Playas de Rosarito

Mtra. Haydee Martínez Espinoza

Secretaria de Desarrollo y Servicios Urbanos

Mtra. Nora Elisa Márquez Carvajal

Directora General PRODEUR

Arq. Ana Lilia Loaiza Martínez

Directora de Administración Urbana

Mtro. Jaime Peña Bustamante

Delegado Primo Tapia

Lic. Stephanie Celeste Esquivel Ortiz

Regidora Presidenta Comisión Desarrollo Urbano y Control Ecológico

Lic. Ricardo Álvarez

Representación Síndico Procurador

Mtra. Luisa Vanessa de la Cruz Díaz

Regidora Presidenta Comisión de Planeación del Desarrollo Municipal Sustentable y Metropolitano

Lic. Irán Leonardo Verdugo

Secretario de Desarrollo Económico y Turismo

MDU. Dalia Salazar Ruvalcaba

Directora General IMPLAN

Mtra. Suldma Corina Beltrán Montes

Directora COPLADEM

Cámaras, ONG's y Asociaciones:

Mtro. Daniel Basulto Rivera

Presidente Sociedad de Urbanistas de la Zona Metropolitana de Tijuana

Arq. Antonio Mendoza

Presidente del Colegio de Arquitectos de Playas de Rosarito

Erick Castellanos Sánchez

Representante Ejido Primo Tapia

Ramón Ramírez

Representante Ejido Lázaro Cárdenas

C. Luis Morales Reyes

Ejido Mazatlán

Lic. Juan Santana Bosquett

Consejo Consultivo de Desarrollo Económico de Playas de Rosarito

C.P. Gustavo Torres Ramírez

Consejo Coordinador Empresarial de Playas de Rosarito

Lic. Juan Santana Bosquett

Coordinador Consejo Ciudadano de Turismo

Ysmael Yagües Gilbert

Asociación de Pequeños Propietarios de Rosarito

Dr. Bernardo Saldaña

Sociedad de Historia de Playas de Rosarito

Sesión de Instalación del CMOT

Sesión 02 de junio 2025
Sesión inicia en minuto 5:00